Instituto Nacional de Salud Pública
  Ministerio de Salud y Deportes  

Aliados Estratégicos

 

UNIVERSIDAD MAYOR, REAL Y PONTIFICIA DE SAN FRANCISCO XAVIER DE CHUQUISACA

 

R E C T O R A D O

CONVENIO INTERINSTITUCIONAL

Convenio Interinstitucional en el que intervienen el Ministerio de Salud y Previsión Social, representado por su titular Dr. Enrique Paz Argandoña, la Universidad Mayor Real y Pontificia de San Francisco Xavier, representada por el Rector Ing. Walter Arízaga Cervantes y la H. Alcaldía Municipal de Sucre, representada por el Lic. Fidel Herrera Ressini, al tenor de las siguientes cláusulas:

 PRIMERO.- (ANTECEDENTES)

El Plan Estratégico de Salud de Lucha contra la Pobreza constituye el instrumento del Ministerio de Salud y Previsión Social para mejorar la salud y calidad de vida de los bolivianos, mediante las siguientes líneas estratégicas: Seguro Básico de Salud, Escudo Epidemiológico, Salud Ambiental y Fortalecimiento Institucional.

En el marco del Escudo Epidemiológico, la Política de Desarrollo de Recursos Humanos y la Salud Ambiental se construye la estrategia de desarrollo de la red nacional de Institutos de Salud Pública, en un sistema descentralizado de salud, donde el MSPS cumple un rol rector, normativo, facilitador y fiscalizador.

Es necesario completar la red de Institutos nacionales con un Centro especializado en epidemiología y salud ambiental en la región sur del país, que apoye los Programas Nacionales de Prevención y Control de enfermedades.

Existe la necesidad de enfrentar los problemas de salud en nuestro país mejorando el entrenamiento del personal en los distintos ámbitos de la epidemiología y la salud ambiental.

La Universidad Mayor Real y Pontificia San Francisco Xavier tiene una larga tradición en la formación de recursos humanos para la salud en nuestro país y se halla comprometida en la formación de recursos humanos que lideren y acompañen el proceso de Reforma de Salud.

SEGUNDO- (OBJETO DEL CONVENIO)

Crear el Centro Nacional de Epidemiología y Salud Ambiental del Sur (CENESASUR), integrado a la Red Nacional de Institutos de Salud Pública, como Laboratorio de referencia de los Departamentos de Sucre Tarija y Potosí.

TERCERO.- (OBJETIVOS DEL INSTITUTO)

a)     Formar recursos humanos en Epidemiología de Campo y Salud ambiental.

b)    Desarrollar investigación epidemiológica y ambiental.

c)     Brindar Asesoría técnica a instituciones involucradas en la epidemiología y la Salud ambiental.

 

CUARTO.- (LINEAS DE ACCION)

a)       Desarrollo e implementación de los Programas de Residencia en Epidemiología y Salud Ambiental, y otros programas de posgrado.

b)      Implementación del Programa de epidemiología de campo y otros programas interdisciplinarios.

c)       Implementación de la Vigilancia epidemiológica en su ámbito de competencia.

d)       Regulación del desarrollo de la red de laboratorios en su ámbito de competencia.

e)       Promoción de la investigación científica y operativa en el ámbito de la epidemiología y salud ambiental, para la toma de decisiones.

f)       Asesoría técnica a Institutos o establecimientos de formación de recursos humanos y otras organizaciones públicas o privadas.

g)       Venta de servicios.

QUINTO.- (COMPROMISO DE PARTES)

 

    a)     El Ministerio de Salud y Previsión Social:

 

·        Definirá y priorizará los perfiles de formación.

·        Definirá las necesidades de formación.

·        Asignará recursos humanos necesarios para iniciar sus actividades mediante el Servicio Departamental de Salud, en la medida de sus posibilidades, hasta alcanzar su autosostenibilidad.

·        Gestionará recursos de cooperación externa para el financiamiento de sus líneas de acción.

b)    Universidad Real y Pontificia San Francisco Xavier:

 

·        Facilitará una infraestructura adecuada y suficiente para el funcionamiento del CENESA-SUR.

·        Asignará recursos humanos, n la medida de sus posibilidades.

·        Organizará y desarrollará los aspectos académicos pertinentes.

·        Desarrollará un plan curricular basado en las necesidades nacionales y las políticas de salud.

·        Brindará la certificación y grado académico respectivo a los alumnos.

        a)     H. Alcaldía Municipal de Sucre:

 

·        Asignará recursos humanos en la medida de sus posibilidades.

·        Asegurará el mantenimiento de la estructura física y equipos del Centro.

·        Asegurará recursos económicos para las operaciones del Centro.

·        Facilitará los insumos y reactivos para los laboratorios, acorde a los planes operativos.

·        Gestionará recursos para investigaciones necesarias  para el municipio.

 

SEXTO.- (ORGANIZACIÓN Y OPERATIVIZACIÓN)

El Centro, adecuará su organización a la norma vigente en materia de Institutos nacionales de salud pública y estará conformado por un Directorio, un Director Ejecutivo, un Consejo Técnico y un Consejo Administrativo.

El Directorio estará conformado por el Vicerrector de la Universidad Mayor, Real y Pontificia de San Francisco Xavier de Chuquisaca, el Decano de la Facultad de Medicina, como representante de la Universidad, un representante de la Honorable Alcaldía Municipal de Sucre, un representante de la Prefectura del Departamento (SEDES) y el Director del Instituto.

Los miembros del Directorio durarán en su gestión por cinco años consecutivos.

SÉPTIMO.- (COORDINACIÓN INSTITUCIONAL)

El Centro Instituto podrá suscribir convenios con otras Instituciones públicas y privadas para el cumplimiento de sus objetivos.

OCTAVO.- (DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES)

El Director del Instituto con las instancias pertinentes deberá proceder a elaborar el manual de organización y funciones de acuerdo a las normas vigentes en el plazo de 90 días.

NOVENO.- (PLAN OPERATIVO ANUAL)

A fin de contar con un presupuesto que permita un ajuste anual, el CENESA SUR deberá elaborar su Plan Operativo Anual iniciando en la gestión 2003, además de la elaboración de un Plan Estratégico 2002-2007.

DÉCIMO.- (ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS)

En el marco de este convenio, la administración de Recursos Humanos será atribución privativa del Directorio.

DECIMO PRIMERO.- (TIEMPO)

El presente convenio tendrá una duración de diez años a partir de la firma del mismo y podrá ser renovado conforme a la evaluación correspondiente y de acuerdo a las partes.

Como constancia y conformidad, se firma el presente convenio en la ciudad de Sucre, Bolivia a los siete días del mes de junio del año 2002.

                Dr. Enrique Paz Argandoña                          Ing. Wálter Arízaga Cervantes

                      MINISTRO DE SALUD Y                                      RECTOR UNIVERSIDAD MAYOR

                        PREVISIÓN SOCIAL                                              REAL Y PONTIFICIA DE SAN

                                                                                                                    FRANCISCO XAVIER

  

 

Lic. Fidel Herrera Ressini

H. ALCALDE MUNICIPAL DE SUCRE

 

 

 

                  Ing. Cristian Pereira S.                            Dr. Fernando Cisneros del C.

                          GERENTE GENERAL DEL                           COORDINADOR GRAL.

                     PROYECTO REFORMA DE SALUD               UCP/BID 1031/SF-BO

 

 

 

 

 

CONVENIO INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL CENTRO NACIONAL DE EPIDEMIOLOGIA Y SALUD AMBIENTAL DEL SUR Y LA CARRERA DE ENFERMERIA DE LA UNIVERSIDAD MAYOR REAL Y PONTIFICIA SAN FRANSISCO XAVIER DE CHUQUISACA

En la ciudad de Sucre, República de Bolivia, se suscribe el presente convenio entre el Centro Nacional de Epidemiología y Salud Ambiental del Sur, creada por el Ministerio de Salud y Previsión Social, representada por su Director, Dr. Enrique Paz Argandeña y la Carrera de Enfermería dependiente de la Universidad Mayor Real y Pontificia San Francisco Xavier de Chuquisaca, representada por su Directora, Lic. Judith Cisneros, para una coordinación y realización de actividades de investigación y docencia, en el marco de las actividades que viene desarrollando el Centro Nacional de Epidemiología y Salud Ambiental del Sur y la Universidad.

1. ANTECEDENTES

El perfil epidemiológico de Bolivia y del Departamento de Chuquisaca es muestra clara que aún predominan las enfermedades infectocontagiosas y carenciales que afectan principalmente a la niñez y mujeres en edad fértil. Las intervenciones para combatir las enfermedades de la pobreza, requieren de un fortalecimiento de la capacidad técnica de los recursos humanos y de democratizar el conocimiento en salud con énfasis en los departamentos del Sur.

La Universidad, mediante la Carrera de Enfermería, tienen la obligación de cumplir con el encargo social que le exige la comunidad para dar respuesta a sus necesidades más apremiantes en salud y cuenta para ello con el soporte institucional y los recursos humanos necesarios.

El CENESA-SUR, organismo de reciente creación en base a un Convenio Interinstitucional entre la Universidad, el Municipio de Sucre y el Ministerio de Salud y Previsión Social, tiene por mandato el desarrollo de investigación, la formación de recursos humanos en epidemiología y salud ambiental y la asesoría técnica a las instituciones que trabajan en salud pública.

2. OBJETIVOS INSTITUCIONALES COMUNES

Las dos instituciones coinciden en el objetivo común de contribuir en la formación de recursos humanos desarrollando investigaciones y asesoría técnica a futuros profesionales

 

Este  convenio ha sido promovido sobre la base  de :

 

§                     Que ambas instituciones tienen objetivos similares en los campos académico, científico y cultural.

 

§                     Ambas instituciones tienen obligación de fomentar la formación de recursos humanos.

 

§                     Brindar la certificación y grado académico respectivo en los diferentes procesos de capacitación.

 

§                     Asesoría y apoyo técnico de igual manera la investigación científica y contribuir al desarrollo del país.

 

§                     Interés mutuo de estimular la colaboración interinstitucional nacional e internacional basada en la igualdad y la asistencia recíproca.

3. DESCRIPCION INSTITUCIONAL

El CENESA - SUR se constituye una instancia de organización que lidera las acciones de Epidemiología y Salud Ambiental del Sur en Bolivia, tiene carácter Formador y desarrolla actividades de investigación, asesoría técnica, docencia y control en Epidemiología y Salud Ambiental.

El CENESA - SUR cuenta con infraestructura, personal de apoyo, presupuesto operativo, mobiliario, equipamiento, material bibliográfico y pedagógico, material de deportes, música y entretenimiento, etc, para cumplir con su misión específica.

El CENESA - SUR cuenta con un sistema de gestión que asegure la conservación y buen uso de sus activos fijos, el buen manejo de los recursos, la gestión presupuestal y financiera, el desarrollo de la programación de actividades, la supervisión y seguimiento de lo planificado.

4.                   OBJETIVO DEL CONVENIO

Contribuir en la formación de recursos humanos desarrollando investigaciones y asesoría técnica a futuros profesionales en el ámbito de la salud pública, con énfasis en epidemiología y salud ambiental.

5. ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES

DEL CENESA-SUR

 

·                     El CENESA - SUR implementará la epidemiológica de campo en coordinación con las instituciones del sector salud.

·                     Realizará actividades de investigación científica y operativa en el ámbito de la epidemiología y salud ambiental

·                     Brindará los ambientes y equipo para las actividades de actualización del recursos humano de pre y post grado.

·                     Gestionará los recursos necesarios para las investigaciones operativas.

LA UNIVERSIDAD Y LA CARRERA DE ENFERMERÍA

·                     La Universidad, a través de la Carrera de Enfermería asegurará el  acompañamiento permanente a la ejecución de actividades mediante procesos de gestión mutuos y actividades convenidas.

·                     Aportará con infraestructura y ambientes cuando el desarrollo de actividades programadas de mutuo acuerdo así lo exija.

·                     Comprometerá el recurso humano (estudiantes de enfermería) para actividades de investigación operativa.

Las dos instituciones acuerdan facilitar a los beneficiarios directos,  la participación en  la gestión a través de los representantes elegidos por los mismos.

6.                   SUPERVISIÓN SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN

Con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las actividades comprometidas, las instituciones acuerdan sobre la necesidad de precisar aspectos inherentes a la supervisión, seguimiento y evaluación conjuntos, mediante mecanismos técnicos para dimensionar los avances logrados, durante el tiempo de vigencia del presente convenio.

7.  VIGENCIA

El presente convenio tendrá vigencia hasta el mes de diciembre de 2007, pudiendo renovarse posteriormente a solicitud de las partes.

8.  CONFORMIDAD

En  señal de conformidad de todos y cada uno de los términos del presente Convenio firman, en 3 ejemplares en la ciudad de Sucre,  Dr.   Enrique Paz Argandoña,  Director del CENESA - SUR y la Lic. Judith Cisneros, Directora de la Carrera de Enfermería dependiente de la Universidad Mayor Real y Pontificia San Francisco Xavier de Chuquisaca, a los 5 días del mes de abril de dos mil tres años en la ciudad de Sucre. 

FIRMADO POR:

 

Dr. Enrique Paz Argandoña                               Lic. Judith Cisneros

Director del CENESA - SUR                              Directora de la Carrera de Enfermería

MSD.                                                              UMRPSFXCH.

 

ALCALDÍA

   

USFX

 

FACULTAD DE MEDICINA

 

SEDES